El “acuerdo” entre Japón y Corea del Sur con relación a las víctimas de prostitución forzada (“mujeres de confort”)
En estos días festivos, la prensa reportó de manera insistente de gestiones entre las autoridades de Japón y de Corea del Sur para lograr que Japón reconozca públicamente su responsabilidad y proceda a indemnizar a las víctimas de prostitución forzada (denominadas de manera eufemística “mujeres de confort”) reclutadas por el Ejército nipón durante la II Guerra Mundial para servir de esclavas sexuales (ver nota del Japan Times). El último Lunes del año 2015, cables internacionales confirmaron tempranamente un “acuerdo” alcanzado entre ambos Estados, anunciado por ambos cancilleres en Seúl (ver nota de DW): este anuncio fue seguido unas horas más tarde de una conversación telefónica entre los mandatarios de ambos Estados (ver nota de Asia Times). El “acuerdo” fue saludado por el vocero del mismo Secretario General de Naciones Unidas (ver comunicado de prensa) así como por Estados Unidos (ver nota de prensa) en un comunicado hecho público minutos después del anuncio en Seúl, al que siguieron los de Alemania, Canadá, Francia y Reino Unido (Nota 1). De los cinco comunicados, sólo uno refiere a la expresión correcta (y no eufemística) de “víctimas de la prostitución forzada”. El 31 de diciembre la Representante del Secretario General de Naciones Unidas sobre violencia sexual en situación de conflicto (ver comunicado oficial cuyo título no refiere a “agreement”, sino a “accord”) enfatizó en la necesidad de implementar el “accord/agreement” sin mayores preludios: “Therefore, I urge the respective authorities to implement this agreement as quickly as possible, in its letter and spirit”.
Por parte del jefe de la diplomacia japonesa, se había indicado en días pasados que: “We have been trying to realise the agreement … to accelerate talks and seek an early settlement. This is part of this effort“, según reportó una nota del Times of India. En otra nota de Europa Press, se había señalado que Japón estaba dispuesto a hacer su “máximo esfuerzo” para lograr un acuerdo con Corea del Sur. Un miembro del equipo negociador coreano citado por la prensa de su país había dejado a entender que las negociaciones estaban por llegar a un feliz término (ver nota de The Telegraph): “In a diplomatic negotiation, there can never be a 100-0 win,” a South Korean government official told the Joonang Daily newspaper. “The goal is keeping the score 51-49, but making each side think it has won 51”. En un artículo publicado en Corea del Sur (ver nota del Korean Joongang Daily), se había leído que: “A historical record of a Japanese state leader’s apology is needed,” said a Foreign Ministry official. “If Japan agrees to this, we can negotiate on the format and specific wordings”.
El detalle del “wording” antes indicado por el negociador coreano, así como el contenido exacto del “acuerdo” alcanzado en sí, al momento de redactar estas líneas, no se conoce aún. Es la razón por la cual en líneas anteriores hemos optado por usar comillas al referirnos a este “acuerdo”, un término formal para designar un texto debidamente consensuado entre dos Estados.
En un comunicado de prensa con fecha del 28 de diciembre del 2015, circulado por Corea del Sur, ambos cancilleres refieren al proceso de negociación de doce intensas rondas, y al significado “histórico” del denominado “acuerdo” (ver texto del comunicado conjunto que reproducimos al final de esta misma nota). Para el jefe de la diplomacia surcoreana, “It is also my sincere desire that, with the conclusion of the negotiations on the “comfort women” issue, the most challenging and difficult issue over history between Korea and Japan, we will be able to open a new chapter in the Korea-Japan relations in the new year with a new spirit of cooperation”.
Pese a las distintas declaraciones oficiales que han saludado este “acuerdo” entre Japón y Corea del Sur, las víctimas se han mostrado extremadamente reservadas en cuanto a su alcance y han reaccionado de manera airada, señalando que ahora se sienten doblemente humilladas (ver nota de prensa de Financial Times y este artículo del Huffington Post que refiere además a las reservas de Taiwán y de China). Dos días después de suscrito el “acuerdo”, una concurrida manifestación frente a la Embajada de Japón en Seúl (ver video disponible en esta nota de Le Monde) evidenció el profundo malestar causado por este anuncio. Un académico en Tokio indicó recientemente (ver nota de The Telegraph) que este “acuerdo” adolece de un aspecto fundamental cuando se trata de lograr un acuerdo sobre reparaciones a víctimas: “The former ‘comfort women’ needed to be heard, but they weren’t, and to assume that they will acquiesce if a bigger sum of money is thrown at them is to utterly miss what is at the heart of the problem”. Según este comentario, que consideramos acertado, el objetivo principal del acuerdo consiste en contentar a dos Estados con el fin de mejorar sus futuras relaciones diplomáticas, dejando por fuera el parecer de las víctimas y el de sus familiares. Ello explicaría en gran parte el “ballet diplomático” y la orquestación mediática a los que hemos asistido en la última semana del año 2015.
Notemos que muchos cables noticiosos mencionaron que Japón reconoció oficialmente su responsabilidad, algo que no se adecua del todo a las declaraciones oficiales de Japón hechas públicas el pasado 28 de diciembre (y disponibles al final de esta nota) . No es la primera vez que un Estado busca una manera de formular sus disculpas sin reconocer públicamente su responsabilidad (y mucho menos asumir las consecuencias jurídicas de sus actos): un ejemplo reciente es ofrecido por parte de Estados Unidos en sus disculpas a las víctimas indígenas guatemaltecas (objeto de una campaña de vacunación realizada en los años 40 por funcionarios de salud norteamericanos). Se leyó por parte de la entonces Secretaria de Estados Hillary Clinton que: “We deeply regret that it happened, and we apologize to all the individuals who were affected by such abhorrent research practices,” the joint statement said. “The conduct exhibited during the study does not represent the values of the United States, or our commitment to human dignity and great respect for the people of Guatemala”: ver al respecto esta nota de prensa de CNN y el texto integral del comunicado conjunto oficial leído el 1 de octubre del 2010 en Washington (Nota 2).
Breves antecedentes
En julio de 1992, Japón oficialmente reconoció haber procedido a establecer una amplia red conformada por mujeres asiáticas para satisfacer las necesidades sexuales de los miembros de su Ejército durante la II Guerra Mundial: en aquel momento indicó no obstante no contar con elementos que permitieran probar que este reclutamiento fuese forzado, y refirió a un rango indeterminado de entre 150 y 200.000 mujeres. Más de 20 años después, estudios más recientes del año 2013 (ver nota introductoria al libro Chinese Comfort Women editado en Canadá) sitúan la cifra a unas 400.000 víctimas (página 6 de la introducción).
En esta nota de El País (España) del año 1992 se leía que: “Japón reconoció ayer oficialmente que el Gobierno establecido durante la II Guerra Mundial participó en la organización de una amplia red de prostitución con mujeres asiáticas, pero que no se han encontrado pruebas de que en el reclutamiento se hubiera empleado la fuerza. Koichi Kato, jefe de gabinete del primer ministro Kiichi Miyazawa, declaró que ésta es la conclusión fundamental de las investigaciones hechas por varios departamentos sobre un episodio histórico, que dificulta la normalización en las relaciones con Corea, China y otros países del continente“.
En agosto de 1993, en un documento oficial, Japón se manifestó sobre el tema en los siguientes términos: ”Undeniably, this was an act, with the involvement of the military authorities of the day, that severely injured the honor and dignity of many women. The Government of Japan would like to take this opportunity once again to extend its sincere apologies and remorse to all those, irrespective of place of origin, who suffered immeasurable pain and incurable physical and psychological wounds as comfort women. It is incumbent upon us, the Government of Japan, to continue to consider seriously, while listening to the views of learned circles, how best we can express this sentiment. We shall face squarely the historical facts as described above instead of evading them, and take them to heart as lessons of history. We hereby reiterate our firm determination never to repeat the same mistake by forever engraving such issues in our memories through the study and teaching of history. As actions have been brought to court in Japan and interests have been shown in this issue outside Japan, the Government of Japan shall continue to pay full attention to this matter, including private researched related thereto”. Una carta enviada al Primer Ministro de los Países Bajos en julio de 1998 contenía las mismas muestras de “deep remorse” por parte de las autoridades niponas (ver texto), al indicar que: ” By the Statement of Prime Minister in 1995, the Government of Japan renewed the feelings of deep remorse and the heartfelt apology for tremendous damage and suffering caused by Japan to the people of many countries including the Netherlands during a certain period in the past. My cabinet has not modified this position at all, and I myself laid a wreath to the Indisch Monument with these feelings on the occasion of my visit to the Netherlands in June last year. In view of further promoting mutual understanding between our two countries, the Government of Japan is extending, support for historical research, and expanding exchanges, as two pillars, under the Peace, Friendship and Exchange Initiative which has a purpose to build a relationship toward the future between Japan and neighboring countries. We must not evade the weight of the past, nor should we evade our responsibilities for the future. Japan, facing up squarely to its past history and accurately conveying it to future generations, is determined to do its utmost to further promote the friendly relationship with the Netherlands which will celebrate the 400th anniversary in the year 2000”.
El impulso a la causa de los derechos de las mujeres en la Conferencia Mundial de Beijing celebrada en 1995 posiblemente permitió que distintas asociaciones de víctimas de la región asiática iniciaran un proceso conjunto para lograr que más mujeres salieran de su silencio, recabar sus testimonios y exigir justicia.
En diciembre del año 2001, un tribunal internacional ficticio compuesto por juristas y expertos de renombre mundial dictaminó en una sentencia de 265 páginas (ver texto ) que Japón debía no solamente pedir disculpas, sino también indemnizar a cada una de las víctimas pertenecientes a la red de “mujeres de confort” (ver nota de prensa del New York Times): el tribunal ficticio estuvo conformado por reconocidas juristas como Carmen Argibay (Argentina), Christine Chinkin (Reino Unido), Gabrielle Kirk MacDonald (Estados Unidos, Presidenta) y Willy Mutunga (Kenia). Para la jueza argentina Carmen Argibay (ver su artículo) se trató de uno de los momentos más emotivos en su larga trayectoria como jueza: “Cuando Gabrielle leyó el párrafo en el que declaramos responsable al emperador por el sistema de esclavitud sexual instituido, la reacción de las sobrevivientes y del público en general fue casi como una ovación. Evidentemente, era lo que estaban esperando y los jueces les habíamos dado esa satisfacción. Fue algo impactante. Dos horas y media tomó la lectura de la resolución. Cuando terminamos, todas las sobrevivientes presentes subieron al escenario agitando pañuelos blancos, tomadas de la mano, cantando juntas, Corea del Norte con Corea del Sur, Taiwan con China, Indonesia con Holanda y Timor Oriental, Filipinas con Japón, Malasia con todas las demás. No es posible describir en palabras el alto grado de emoción que se sentía en ese momento” (Nota 3). Los integrantes de este tribunal se situaron desde la perspectiva moderna del derecho internacional humanitario y del derecho penal internacional para llegar a conclusiones: al respecto, merece mención uno de los primeros artículos publicados en español sobre la violencia sexual en los conflictos armados como crimen de guerra, obra de la jurista costarricense Elizabeth Odio Benito, electa en el 2015 jueza de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Nota 4).
En marzo del 2014, la alocución del jefe de la diplomacia surcoreana ante el Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas fue inusualmente incisiva: “Hace 20 años, una coreana víctima de la esclavitud sexual militar japonesa tuvo el coraje de romper el silencio y relatar su propio e indescriptible calvario. Su valiente acción inspiró a muchas otras víctimas a hacer lo mismo, convirtiendo a las hasta entonces desconocidas mujeres de confort en una cuestión viviente de derechos humanos. Hoy me gustaría recordar a este Consejo el valiente testimonio de la señora Ruff-O’Hearn, una señora holandesa-australiana, ex mujer de confort. En 2007 ella compareció ante la Cámara de Representantes de EEUU. Cito sus palabras: “durante cincuenta años las mujeres de confort permanecieron calladas… Yo rompí el silencio y revelé uno de los peores abusos contra los derechos humanos en la II Guerra Mundial, el holocausto olvidado”. Fin de la cita. Ella llegó a la conclusión, cito de nuevo, de que “Japón debe reconciliarse con su historia… ellos deben enseñar correctamente la historia de sus errores cometidos en el pasado”. Fin de la cita. En los últimos tiempos los líderes políticos de Japón están ignorando descaradamente este crudo episodio e intentan revisar el contexto de la declaración oficial del portavoz del gabinete en la que el Gobierno de Tokio reconoció la implicación y la coerción por parte de las Fuerzas Armadas Imperiales japonesas y expresó sinceras disculpas y remordimiento. Además, hace solo dos días un funcionario de alto rango del Gobierno japonés responsable de la educación de las próximas generaciones calificó como una historia inventada el episodio de las mujeres de confort. Esto es un insulto más a la honra y la dignidad de las víctimas que han soportado en su aciaga memoria durante toda la vida los dolores físicos y psicológicos” (ver texto completo de su intervención)
Un mes después de este discurso pronunciado en Ginebra, en abril del 2014, se anunció un primer acercamiento entre los mandatarios de ambos Estados para negociar un acuerdo sobre este preciso tema (ver nota del Wall Street Journal). En junio del 2014, China tomó la iniciativa de solicitar a la UNESCO la inclusión de varios documentos históricos en su programa Memoria del Mundo: la vocera oficial de la diplomacia china indicó que: “By applying for the inclusion of precious historical documents related to the Nanjing Massacre and Japan’s forced recruitment of the “comfort women” in the register, China is to memorize the history, treasure the peace, uphold the dignity of mankind and prevent behaviors against humanity, human rights and human being from happening again” (ver comunicado de conferencia de prensa realizada el 10/06/2014).
En agosto del 2014, un grupo de “mujeres de confort” se reunió en Seúl con el Papa Francisco en visita oficial a Corea del Sur (ver nota de El Economista). En mayo del 2015, la vocera del Ministerio de Relaciones Exteriores de China indicó en una rueda de prensa (ver comunicado oficial) que: “China constantly calls on the Japanese government and leaders to take a responsible view on history, strictly follow the Murayama Statement and other statements and commitment on facing squarely and reflecting upon the history of aggression made by the successive cabinets of Japan, and make concrete efforts to properly handle the history issues. This is the only way for Japan to win the trust of the international community, and develop friendly relationship for the future together with its Asian neighbors”. En agosto del 2015, con ocasión de las conmemoraciones del 70 aniversario del final de la II Guerra Mundial, China respondió a las omisiones de las autoridades japonesas poniendo en línea nuevos documentos desclasificados que demuestran la responsabilidad directa del Ejército nipón (ver nota de El Mundo). En octubre del 2015, China propuso que todos los documentos y archivos militares existentes sobre las víctimas de la prostitución forzada (o “mujeres de confort”) de los distintos Estados afectados sean parte del Programa de Memoria del Mundo de la UNESCO (ver nota de prensa).
Un total de 11 rondas previas de negociaciones entre los equipos diplomáticos de Japón y de Corea del Sur (según la nota del Korean Joongang Daily precitada) culminaron finalmente con el anuncio del denominado “acuerdo” el 28 de diciembre pasado, del cual, como indicado, se desconoce el texto exacto. A no ser, que el anuncio del “acuerdo” constituya el “acuerdo” en sí, con lo cual, muchos juristas y especialistas en materia de derechos humanos se podrían sentir un tanto defraudados. El reconocimiento de la responsabilidad de Japón debiera, en nuestra opinión, plasmarse en lo que se denomina un acuerdo (documento formal), y no en un intercambio bilateral de impresiones entre dos cancilleres deseosos de mejorar las relaciones entre sus dos Estados.
En el 2011, el juez constitucional surcoreano había indicado en una sentencia histórica para las víctimas y sus familiares que: “the South Korean government’s failure to seek a solution with Japan on compensating the former comfort women “constitutes infringement on the basic human rights of the victims and a violation of the Constitution” (ver nota de prensa).
Recientes episodios ante jueces surcoreanos y norteamericanos
El anuncio reciente sobre el relanzamiento de las gestiones entre ambos Estados se dio unos días después que la Corte de Constitucionalidad de Corea del Sur rechazara examinar, el pasado 23 de diciembre, la constitucionalidad del acuerdo suscrito entre Japón y Corea del Sur en el año 1965 sobre reclamos entre ciudadanos de ambos Estados (ver nota del Japan Times). Coincidente (o no tan coincidente…), el 15 de diciembre un juez federal norteamericano desestimó acciones presentadas bajo la figura de “class actions” contra las empresas japonesas Hitachi, Mitsubishi, Nissan, Toyota, entre otras, por su presunta colaboración con las autoridades niponas en el trasiego de estas niñas y adolescentes durante la II Guerra Mundial (ver nota de Law360).
Sobre la decisión del juez constitucional surcoreano del pasado 23 de diciembre del 2015, se dejó entrever cierta reserva por parte de Japón: durante una conferencia de prensa en la que participó el jefe de su diplomacia, realizada el 22 de diciembre (ver texto ) se precisó lo siguiente: “Fukai, TBS: Tomorrow the constitutional court of the ROK will issue its verdict in a trial challenging the constitutionality of the Japan-ROK Claims Settlement Agreement. Could you once again explain the Government of Japan’s position, and what your views are on the impact this will have on the Japan-ROK relationship in the future? Mr. Fumio Kishida, Minister for Foreign Affairs: Firstly, I am aware of the matter that you raise, and since it involves a ruling by the court, I intend to keep a close eye on the judgment. In any event, issues of property and claim rights between Japan and the ROK have been settled completely and finally by the Claims Settlement and Economic Co-operation Agreement between Japan and the ROK. That is the Government of Japan’s position“. Esta posición recuerda la externada por Japón ante el Consejo de Derechos Humanos al afirmar en el 2013 que “The issue of reparations, property and claims concerning the Second World War has been legally settled with the countries that are parties to the San Francisco Peace Treaty, bilateral treaties, agreements and instruments” (ver respuesta de Japón a la recomendación 147.145 contenida en el Addendum al Universal Periodic Review).
Como se recordará, el acuerdo sobre las relaciones entre Corea del Sur y Japón suscrito en 1965 cumplió 50 años, siendo objeto de varios actos protocolarios, reseñados con mucha precisión por parte de Corea del Sur en un reciente comunicado de prensa de su Ministerio de Relaciones Exteriores. Este acuerdo de 1965 (ver texto ) no incluye ninguna disposición sobre el tema de las víctimas o de las reparaciones de guerra. En cuanto al acuerdo bilateral más específico sobre bienes, reclamaciones y cooperación económica, firmado en junio de 1965 (ver texto ), fue objeto de una acción ante el juez constitucional coreano. No obstante, no incluye ninguna disposición relativa a las víctimas de la guerra. Su artículo II considera todo reclamo pendiente resuelto con las compensaciones de Japón, y se lee como sigue: “Article II. 1) The High Contracting Parties confirm that the problems concerning property, rights, and interests of the two High Contracting Parties and their peoples (including juridical persons) and the claims between the High Contracting Parties and between their peoples, including those stipulated in Article IV(a) of the Peace Treaty with Japan signed at the city of San Francisco on September 8, 1951, have been settled completely and finally”.
Breves datos sobre las “mujeres de confort” o “mujeres de solaz”
Corea del Sur no es el único Estado concernido por esta red de mujeres asiáticas forzadas por el Ejército japonés a servir como esclavas sexuales, y en realidad, son varios Estados los afectados por esta práctica. En una investigación del año 2007 (ver tésis titulada: Comfort Women: Human Rights of Women from Then to Present” se precisa cuáles son las características de esta peculiar práctica del Ejército imperial, en términos que nos ha parecido oportuno reproducir textualmente: “From 1931 to 1945, comfort stations were established in many places where the Japanese army combated or occupied, including China, Taiwan, Borneo, the Philippines, the pacific islands, Singapore, Malaya, Burma, Indonesia as well as Japan. Due to the concealment of the relevant documents by the Japanese government and a long lapse of time after World War II, it is impossible to estimate the exact number of the comfort women. In accordance with “the Japanese military plan devised in July 1941, 20,000 comfort women were required for every 700,000 Japanese soldiers, or 1 woman for every 35 soldiers.” As approximately 3.5 million soldiers were mainly sent to the pacific islands, the estimated number of the comfort women becomes 100,000. Nearly 80% of these women were the Korean women, and others were taken from China, Taiwan, Malaysia, Burma, the Philippines and the Dutch East Indies. Most of the comfort women were also young. According to interviews of surviving women, many of the women were teenagers, even including an 11-year-old child. Regrettably, it seemed that the younger women were preferred“.
En un informe de 1998 de una Relatora Especial de Naciones Unidas titulado “La violación sistemática, la esclavitud sexual y las prácticas análogas a la esclavitud en tiempo de conflicto armado” (Documento E/CN.4/Sub.2/1998/13 de junio de 1998), se precisa una cifra de 200.000 mujeres (Apéndice 1, p. 44) al señalarse que: “1. Entre 1932 y el final de la segunda guerra mundial, el Gobierno del Japón y el ejército imperial del Japón forzaron a más de 200.000 mujeres a someterse a la esclavitud sexual en centros de violación en buena parte de Asia. A estos centros de violación se ha solido aludir con el eufemismo inaceptable de “centros de solaz”. La mayoría de esas “mujeres de solaz” procedían de Corea, pero también las hubo de China, Indonesia, Filipinas y otros países de Asia dominados por el Japón. A lo largo del último decenio, cada vez más mujeres supervivientes de esas atrocidades se han manifestado en público, tratando de obtener la reparación de esos delitos. El presente apéndice se ha redactado a partir exclusivamente de los hechos comprobados en el examen realizado por el propio Gobierno del Japón de la participación de oficiales del ejército japonés en el establecimiento, la supervisión y el mantenimiento de centros de violación durante la segunda guerra mundial. Sobre la base de lo admitido por el Gobierno del Japón, en el apéndice se trata de evaluar la responsabilidad jurídica de dicho Gobierno por la esclavitud y violación de las mujeres en los “centros de solaz” durante la segunda guerra mundial. Aunque las responsabilidades pueden ser de muy diversa índole, en el presente informe se trata específicamente de la responsabilidad por los crímenes internacionales más notorios de esclavitud, crímenes de lesa humanidad y crímenes de guerra“.
En el 2010, la Corte Suprema de Filipinas desestimó una petición de más de 70 mujeres filipinas que exigían a su gobierno apoyar su demanda en procura de obtener disculpas oficiales por parte del gobierno japonés (ver nota de Exordio).
Remitimos al lector a esta exposición de fotografías puesta en línea por El País (España) en agosto del 2014 que describe el sufrimiento de estas mujeres, muchas de ellas nonagenarias, sobre las que se sabe muy poco, recogiendo parcelas de sus vivencias cotidianas en China, en Corea del Sur, en Filipinas, con la intención de mantener viva la memoria de este drama. En una entrevista publicada en diciembre del 2013 en La Vanguardia (España) a Mee Hyang-yoon, Directora del Consejo Coreano de Mujeres Esclavas Sexuales por Militares Japoneses , se lee que: “Las abuelas siguen envejeciendo, tienen un promedio de 88 a 90 años. Muchas de ellas están muy enfermas, son pobres, otras han muerto con la tristeza de haber vivido sus últimos años sin justicia. La mayoría de ellas están solas, no pudieron jamás casarse, ni tener hijos”. El historiador Su Zhiliang de la Universidad de Shanghai estableció hace unos años un centro de investigación para rescatar los testimonios de estas mujeres en China (ver nota ).
En el precitado artículo de El País de julio de 1992, se indicaba que Corea del Sur había logrado identificar a 390 sobrevivientes surcoreanas. El 13 de noviembre del 2015, falleció a sus 89 años de edad, Zhang Xiantu, una de las últimas sobrevivientes de nacionalidad china (ver nota de El Universal).
La posición de Japón a la luz del derecho internacional
El precitado informe de Naciones Unidas de 1998, en las conclusiones del apéndice 1, indica (página 64) que: “En el presente informe se llega a la conclusión de que el Gobierno del Japón sigue siendo responsable por graves violaciones de los derechos humanos y del derecho humanitario, que en conjunto constituyen crímenes de lesa humanidad. Los argumentos de descargo del Gobierno del Japón, incluidos los argumentos contra el fundamento jurídico, la norma del derecho humanitario que prohíbe la esclavitud y la violación, siguen siendo tan poco convincentes hoy en día como lo fueron cuando se invocaron por primera vez ante el tribunal de los crímenes de guerra de Nüremberg, hace más de 50 años. Tampoco es convincente el argumento del Gobierno japonés de que el Japón ya ha liquidado todas las reclamaciones por la segunda guerra mundial mediante los tratados de paz y acuerdos de reparaciones posteriores a la guerra“.
El monto exacto del fondo de indemnización acordado entre los negociadores de Japón y de Corea del Sur quedó fijado en una suma simbólica de 1 billión de yenes japoneses (unos 8,3 millones de US$) según informó el cable precitado de DW. En una nota de la BBC sobre el acuerdo alcanzado entre Japón y Corea del Sur este 28 de diciembre, se precisa que, en lo que concierne a mujeres de nacionalidad surcoreana, “only 46 former “comfort women” are still alive in South Korea”.
Aún quedan muchas dudas por dilucidar sobre este “acuerdo” cuyo texto se desconoce. Una de ellas consiste en conocer con exactitud las modalidades de atención a las sobrevivientes y a sus familiares (ver nota del South China Morning Post). En septiembre del 2013, nuevos documentos liberados provenientes de los archivos de Tokio señalaron que 35 niñas y adolescentes holandesas encarceladas en Indonesia fueron enviadas a formar parte de esta red implementada por el Ejército Imperial (ver nota de prensa de The Hankyoreh).
Pese al tiempo transcurrido y a la renuencia de Japón de abrir sus archivos militares de forma completa, el ejercicio al que se han librado los equipos negociadores de Corea del Sur y de Japón en estos últimos días del año 2015 constituye un primer paso. No obstante, según todo pareciera indicar, queda bastante lejos de un verdadero acuerdo formal que hubiese podido constituirse en un primer precedente para muchas víctimas de violaciones graves a los derechos humanos ocurridas en el pasado, y que se mantienen impunes. Son muchas las interrogantes que dejó lo escuchado este 28 de diciembre en Seúl, y las dudas provocadas por la afirmación del canciller surcoreano según la cual, Corea del Sur: “confirms that through today’s statement, this issue will be finally and irreversibly resolved on the condition that the above-mentioned measures stated by the Government of Japan are faithfully implemented”.
Es necesario que este primer ejercicio diplomático entre ambos Estados sea retomado y complementado con la adopción de un verdadero acuerdo formal, y que este sea acordado tomando en consideración las necesidades de organizaciones de la sociedad civil, en particular las asociaciones de víctimas y de familiares de estas. Un primer acuerdo de esta naturaleza podría ser incluso replicado con los demás Estados asiáticos afectados por este drama de la II Guerra Mundial, que afecta gravemente las relaciones de Japón en la región. A pocos días del anuncio hecho en Seúl, se ha informado de contactos previstos en el primer mes del 2016 entre Taiwán y Japón para proceder a examinar este tema (ver nota de prensa).
Desde el punto de vista de la doctrina de los derechos humanos, estos esfuerzos adicionales podrían inspirarse en las herramientas modernas desarrolladas en materia de violaciones de derechos humanos cometidas en el pasado. La recepción entre dos Estados de Asia de conceptos tales como “derecho a la verdad”, “reconocimiento público”, “garantía de no repetición”, “verdad histórica”, “violación continua”, “monto indemnizatorio por limitaciones a proyecto de vida”, “satisfacción”, constituiría sin lugar a dudas un valioso precedente. La resolución 60/147 adoptada en diciembre del 2005 por la Asamblea General de Naciones Unidas (ver texto ) sobre “Principios y directrices básicos sobre el derecho de las víctimas de violaciones manifiestas de las normas internacionales de derechos humanos y de violaciones graves del derecho internacional humanitario a interponer recursos y obtener reparaciones” establece por su parte una útil guía que debería también servir de base. Si bien estas herramientas fueron previstas para aplicarse en las relaciones entre un Estado y las víctimas de violaciones graves cometidas en el pasado, podrían extenderse algunas de ellas a las relaciones entre un Estado responsable de estas violaciones y los Estados cuyos nacionales son víctimas de las mismas.
Como bien se sabe, estas y otras figuras jurídicas fueron desarrolladas por órganos en materia de derechos humanos al conocer de casos sobre violaciones graves a los derechos humanos cometidas en el pasado, en particular a partir de la experiencia vivida en América Latina y puesta a conocimiento del juez interamericano (Nota 5). En muchos casos, la implementación de estas herramientas legales está tardando en implementarse, como en el caso de las víctimas de la guerra civil en España: en un informe del 2012 publicado en el Pais Vasco por la ONG Ararteko se lee que: “el debido reconocimiento y ejercicio de la verdad, la justicia y la reparación para las víctimas de la dictadura franquista son también el camino para la reconciliación social, entendida sobre todo como la aspiración de una sociedad que se articula como comunidad política basada en unos valores y principios compartidos centrados en los derechos humanos” (Nota 6).
En el 2014, la diplomacia de Japón sorprendió a algunos observadores, al solicitar que un informe de una relatora de las Naciones Unidas sobre Derechos Humanos de 1996 fuera objeto de una revisión por parte de su autora (ver nota del New York Times). Rechazada esta petición, Corea del Sur manifestó que: “However hard the Japanese government tries to distort the true nature of the comfort women issue and play down or hide the past wrongdoings, it will never be able to whitewash history” (ver nota publicada en The Diplomat).
Este tipo de solicitudes, además de ser usualmente desestimadas, constituyen una clara evidencia del temor de un Estado ante cuestionamientos hechos por expertos internacionales en materia de derechos humanos. Los recientes informes de Naciones Unidas sobre la base militar de Guantánamo o sobre la últimas ofensivas israelíes en la franja de Gaza del 2009 y del 2014 (Nota 7) han dado pié para solicitudes similares, que buscan desacreditar parte de su contenido (cuando no obtienen desacreditar a los mismos autores de estos informes).
Varias ONG han hecho ver, desde el punto de vista jurídico, la inconsistencia de la posición de Japón en años recientes con relación a las obligaciones internacionales contenidas en un sin número de tratados de derechos humanos ratificados por Japón (ver nota titulada “Japan The “Comfort Women” Issue” del 2009). Para tener una idea de algunas de las obligaciones que Japón desconoce (y según todo pareciera indicar, quisiera seguir desconociendo), en su sesión de agosto del 2009, el Comité para la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (más conocido por sus siglas en inglés de Comité de la CEDAW) indicaba (ver observaciones al informe japonés) que los manuales escolares japoneses deben también formar parte de las medidas de reparación a tomar: “37. The Committee notes that some steps were taken by the State party to address the situation of “comfort women” but regrets the State party’s failure to find a lasting solution for the situation of “comfort women” victimized during the Second World War and expresses concern at the deletion of references to this issue in school textbooks”.
Un reconocimiento público anhelado por las víctimas y sus familiares
En el 2012, una exposición fotográfica a realizarse en Tokio fue sorpresivamente suspendida por la empresa patrocinadora Nikon: en los últimos días del 2015, el fotógrafo surcoreano obtuvo una sentencia a su favor en los tribunales de Japón, condenando al fabricante Nikon (ver nota de Japan Today). Estas y muchas otras vejaciones son las que han tenido que enfrentar las víctimas, sus familiares y las organizaciones que las apoyan desde muchos años. En una entrevista a una de las sobrevivientes, Lee Hok-sun, de 88 años de edad, publicada en La Tercera de Chile (ver nota ), se lee que: “Los soldados insisten en que las mujeres lo hicieron voluntariamente para ganar dinero. Si fuera por ello no pediríamos que Japón pida perdón”, explica. Pero Lee aclara el foco de su lucha. “No pienso que todo el pueblo japonés es culpable, sólo el gobierno”, señala“. En otra entrevista realizada en Francia por Radio France International (RFI) en el 2013 a otra sobreviviente, de 87 años de edad, Kim Bok-dong pone el acento en la importancia que reviste para ella (y para todas las víctimas) el hecho que Japón ofrezca sus disculpas públicas, proceda a indemnizar a las víctimas y salde su deuda con las víctimas: “C’est très simple : il faut que le gouvernement japonais présente ses excuses officielles, mais aussi accorde des indemnisations juridiques. Les Japonais doivent reconnaître leurs crimes historiques. Je ne ressens aucune haine envers les Japonais, je veux juste cette reconnaissance de la vérité historique“. El reconocimiento formal de la responsabilidad de Japón conlleva consecuencias jurídicas. La maniobra diplomática consistiendo en proceder a un reconocimiento parcial mediante un comunicado de prensa entre dos cancilleres evidencia que Japón no está (todavía) dispuesto a asumir plenamente sus responsabilidades desde el punto de vista jurídico.
Conclusión
Desde el 14 de diciembre del 2011, una estatua de bronce de una niña coreana, con su vestido tradicional, colocada frente a la Embajada de Japón en Seúl espera pacientemente sentada en una silla (ver nota con foto de la misma publicada en EuroWon). Los insistentes esfuerzos de las autoridades de Japón para obtener que se retire no han tenido ningún éxito hasta la fecha (ver nota del Time sobre últimos intentos). El “acuerdo” logrado entre Corea del Sur y Japón está peligrando debido a la exigencia japonesa de que esta estatua sea retirada (ver nota del The Telegraph del 31/12/2015).
Los ojos de esta niña de bronce interpelan cada mañana a los funcionarios japoneses de la Embajada, y los acompañan cuando se retiran de la Embajada japonesa en Corea del Sur.
La mirada de la niña es determinada e imperturbable. Es a menudo acompañada por otras niñas de su edad, mujeres adultas y de avanzada edad, que la vienen a consolar en su soledad, sentándose en la silla vacía que está ubicada a su lado. Este 28 de diciembre del 2015, es probable que esa mirada silenciosa se haya mantenido tan fija como impasible.
Nicolas Boeglin
Nota 1: El texto official disponible en el sitio del Departamento de Estado del “Joint Statement by Secretaries Clinton and Sebelius on a 1946-1948 Study” se lee como sigue – : “Media Note – Office of the Spokesman – Washington, DC – October 1, 2010 . Following is a joint statement by Secretary of State Hillary Rodham Clinton and Secretary of Health and Human Services Kathleen Sebelius on the U.S. Public Health Service Sexually Transmitted Disease Inoculation Study of 1946-1948: The sexually transmitted disease inoculation study conducted from 1946-1948 in Guatemala was clearly unethical. Although these events occurred more than 64 years ago, we are outraged that such reprehensible research could have occurred under the guise of public health. We deeply regret that it happened, and we apologize to all the individuals who were affected by such abhorrent research practices. The conduct exhibited during the study does not represent the values of the United States, or our commitment to human dignity and great respect for the people of Guatemala. The study is a sad reminder that adequate human subject safeguards did not exist a half-century ago. Today, the regulations that govern U.S.-funded human medical research prohibit these kinds of appalling violations. The United States is unwavering in our commitment to ensure that all human medical studies conducted today meet exacting U.S. and international legal and ethical standards. In the spirit of this commitment to ethical research, we are launching a thorough investigation into the specifics of this case from 1946. In addition, through the Presidential Commission for the Study of Bioethical Issues we are also convening a body of international experts to review and report on the most effective methods to ensure that all human medical research conducted around the globe today meets rigorous ethical standards. The people of Guatemala are our close friends and neighbors in the Americas. Our countries partner together on a range of issues, and our people are bound together by shared values, commerce, and by the many Guatemalan Americans who enrich our country. As we move forward to better understand this appalling event, we reaffirm the importance of our relationship with Guatemala, and our respect for the Guatemalan people, as well as our commitment to the highest standards of ethics in medical research.
Nota 2: Se lee en el sitio del Departamento de Estado, que en la fecha del 28 de diciembre del 2015 (ver enlace ) el vocero inició su rueda de prensa con lo siguiente:” Mark C. Toner Deputy Spokesperson Daily Press Briefing Washington, DC , December 28, 2015 TRANSCRIPT: 2:11 p.m. EST. MR TONER: Hi guys. Welcome to the State Department. Hope everyone had a somewhat restful and calm holiday weekend. A few things, actually, at the top, and then I’ll get to your questions. First of all, many of you saw the Secretary’s statement out earlier today as well as a background call that we did, but I just wanted to reiterate that we welcome today’s announcement by the governments of Japan and the Republic of Korea that they have a reached an agreement regarding the very sensitive historical legacy issue of so-called comfort women. The two governments made clear that by implementing this agreement they will, quote, “finally and irreversibly,” end quote, resolve this issue between the two governments. And we believe this agreement will promote healing and help improve relations between two of the United States’s most important allies. We applaud the leaders of Japan and the Republic of Korea for having the courage and vision to reach this agreement, and we call on the international community to support it”. Alemania por su parte se felicitó del acuerdo en los siguientes términos, en un comunicado de prensa: “The German Government welcomes the agreement between the Governments of Japan and the Republic of Korea on the victims of forced prostitution during the Second World War. Both sides have agreed on a compromise that will help to heal the suffering and wounds of the mainly Korean victims of forced prostitution by the Japanese military. At the same time, this compromise can pave the way to a new era in Japanese-Korean relations”. Canadá por su parte externó el 29 de diciembre que : “Canada welcomes the agreement reached yesterday in Seoul between the governments of Japan and the Republic of Korea on the issue of ‘comfort women,’ who were subject to terrible experiences during WWII. The leaders of both governments have shown a laudable commitment to arriving at a historic resolution to this sensitive problem through negotiation and reconciliation. Canada shares this commitment to resolve complex historical matters through dialogue and negotiation. Canada congratulates both parties on this agreement and the opening of a new chapter in Japan-Korea relations”(ver comunicado ). Francia por su parte publicó el siguiente comunicado de prensa el mismo 28 : « La France salue l’accord historique trouvé entre la Corée et le Japon sur la question des “femmes de réconfort”. Comme elle a eu l’occasion de le rappeler à plusieurs reprises en ce 70ème anniversaire de la fin de la Seconde guerre mondiale, la France est attachée à ce que les différends régionaux, y compris sur les questions mémorielles, soient résolus par le dialogue et dans un esprit de respect mutuel. Cet accord consolide les relations entre les deux pays en les tournant résolument vers l’avenir ». Reino Unido, mediante su Ministro para Asia, externó (ver comunicado ) que : «I welcome the news that Japan and the Republic of Korea have reached this agreement which recognises the deep pain and suffering these women have endured. Both countries are important partners for the UK. I look forward to today’s agreement paving the way for deeper cooperation between them and for increased stability in the region”.
Nota 3: Uno de los pocos estudios que analiza desde la perspectiva del derecho penal internacional el caso de las « mujeres de confort » fue precisamente escrito por esta jurista argentina: véase ARGIBAY C.M., “Sexual Slavery and the Comfort Women of World War II”, Vol. 21, Berkeley Journal of International Law (2003), pp. 375-389. Artículo disponible aquí. Sobre la jurisprudencia internacional de la Corte Penal Internacional, de los Tribunales Penales Internacionales para la Ex Yugoslavia, para Ruanda y otras jurisdicciones en materia de violencia sexual, véase un análisis más reciente: FRANCH V.B. “Los crímenes sexuales en la jurisprudencia internacional”, Número 24, Revista Electrónica de Estudios Internacionales (2012). Artículo disponible aquí. Sobre la violencia sexual y la CPI específicamente, véase ZORILLA M., La Corte Penal Internacional ante el crimen de violencia sexual, Universidad de Deusto, Instituto de Derechos Humanos, 2005. Texto disponible aquí.
Nota 4: Véase BENITO ODIO E., “De la violación y otras graves agresiones a la integridad sexual como crímenes sancionados por el derecho internacional humanitario (crímenes de guerra). Aportes del Tribunal Penal para la Antigua Yugoslavia” in Presente y futuro de los Derechos Humanos, Ensayos en honor a Fernando Volio Jiménez, IIDH, 1998, pp. 261-296.
Nota 5: Desde sus primeros fallos en 1988 contra Honduras, la Corte Interamericana de Derechos Humanos ha desarrollado una extensa jurisprudencia sobre la obligación de investigar y sancionar a responsables de graves violaciones a los derechos humanos. En abril del año 2005, Argentina presentó ante la Comisión de Derechos Humanos de las Naciones Unidas una iniciativa que culminó con la adopción de la Resolución sobre Derecho a la Verdad (Resolución 2005/66), cuyos considerandos se leen como sigue: “Destacando la necesidad imperativa de que la sociedad en general reconozca el derecho que asiste a las víctimas de violaciones manifiestas de los derechos humanos y violaciones graves de las normas internacionales de derechos humanos, así como a sus familias, en el marco del sistema jurídico interno de cada Estado, de conocer la verdad sobre esas violaciones, en particular la identidad de los autores y las causas, los hechos y las circunstancias relacionados con las violaciones, ./. Convencida de que los Estados deberían preservar los archivos y otras pruebas relativos a violaciones manifiestas de los derechos humanos y violaciones graves del derecho internacional humanitario para facilitar el conocimiento de tales violaciones, investigar las denuncias y proporcionar a las víctimas acceso a un recurso efectivo de conformidad con el derecho internacional”. El derecho a la verdad constituye desde entonces, en el seno de las Naciones Unidas, un derecho humano. Con relación a los Estados del hemisferio americano pesan estas y muchas más obligaciones, tal y como lo señaló la Comisión Interamericana de Derechos Humanos en un informe del 2014 titulado “Derecho a la verdad en América” (sus conclusiones en páginas 115-117 precisan los desafíos existentes en la región en cuanto a su debida implementación). En un reciente artículo en el que se analiza el caso de las negociaciones de paz en Colombia, se concluye por parte del autor que: ”El caso colombiano es ilustrativo de la posición prudente que asume la Corte Interamericana frente a contextos de justicia transicional. Sin embargo, es en el marco de ese caso particular donde serán desarrollados los futuros debates sobre la compatibilidad de las medidas y mecanismos implementados para la terminación negociada de un conflicto armado interno con las obligaciones estatales emanadas del derecho internacional”: véase GUTIÉRREZ RAMÍREZ L.M., “La obligación internacional de investigar, juzgar y sancionar graves violaciones a los derechos humanos en contextos de justicia transicional”, Vol. 16, Estudios Socio-Jurídicos (2014), pp.23-60, en pp.53-54. Artículo disponible aquí.
Nota 6: En su informe sobre España del año 2014 (ver documento A/HRC/27/3/Add.1, disponible aquí ), el Relator Especial de Naciones Unidas sobre la promoción de la verdad, la justicia, la reparación y las garantías de no repetición, considera en sus conclusiones (punto 102) que: “El Relator Especial nota que varios representantes del Gobierno en las reuniones que mantuvieron enmarcaron las discusiones en el siguiente esquema: “o todos concluimos que ya estamos totalmente reconciliados o la única alternativa es el resurgir de odios subyacentes, lo cual implicaría un riesgo demasiado alto”. En opinión del Relator Especial, esta posición no le hace justicia a los avances logrados durante el proceso de democratización en España. Recalca que, considerando la fortaleza de las instituciones y la ausencia de riesgos para la estabilidad del orden democrático, resulta especialmente sorprendente observar que no se haya hecho más en favor de los derechos de tantas víctimas”. En el párrafo 99 de su informe se lee que: “El Relator Especial alienta al Estado a retomar cuanto antes este análisis y reitera su disposición para acompañar este proceso en el marco de su mandato. Recalca que estudios comparados de otras experiencias de países que han enfrentado retos similares, incluyendo en el contexto europeo, como Alemania, pueden resultar sumamente provechosos”.
Nota 7: Sobre este último episodio, nos permitimos remitir al lector a las conclusiones de una breve nota publicada en la que indicábamos: “El informe de la Comisión de Investigación sobre la ofensiva israelí del 2014 que cumplió en estos días un año, fue presentado el pasado 22 de junio del 2015 en Ginebra por los integrantes de dicha Comisión, provocando las habituales gesticulaciones del aparato estatal israelí: estas últimas tendieron, como ya viene siendo costumbre, a desacreditar el contenido de este informe, a restarle validez, antecediendo incluso su publicación con la de un voluminoso informe oficial con una semana de antelación el pasado 14 de junio”. Véase BOEGLIN N., “A un año del inicio de la operación “Margen Protector”: breves apuntes desde la perspectiva del derecho internacional“, Reportes del Centro de Estudios de Medio Oriente y África del Norte / CEMOAN, Número 21 (agosto del 2015), (Universidad Nacional). Artículo disponible aquí.
Documento: Texto oficial de comunicado distribuido por el Ministerio de Relaciones Exteriores de la República de Corea, 28 de diciembre del 2015
Remarks at the Joint Press Availability December 28, 2015
Minister Yun:
Good afternoon. Today, I had in-depth consultations with Minister Kishida on matters of mutual interest, including the “comfort women” issue.
First of all, I would like to thank Minister Kishida for taking the time out of his busy schedule to attend this meeting today. As you are well aware, this year marks the 50th anniversary of the normalization of diplomatic ties between Korea and Japan. My government has been sparing no efforts to work out an early resolution of the “comfort women” issue, the most crucial history-related issue between Korea and Japan, in this historic year.
In particular, thanks to the political decision made by President Park and Prime Minister Abe at the November 2nd summit to “accelerate consultations to settle the ‘comfort women’ issue at the earliest possible date, bearing in mind that this year marks a turning point in the relations between the two countries as we celebrate the 50th anniversary of the normalization of diplomatic ties,” bilateral consultations have been further expedited centering around the Director-General level meetings as a major channel.
Minister Kishida and I held an intensive round of consultations today, based on the results of the consultations held through various channels, including yesterday’s 12th Director-General level meeting.
As a result, we have been able to reach an agreement acceptable to both sides. So, here today, we would like to announce the results of our meeting today.
First, Minister Kishida will state the position of the Government of Japan on today’s agreement on behalf of the Government of Japan, and then, I will share with you the position of the Government of the Republic of Korea.
Minister Kishida:
The issue of “comfort women” has been intensively discussed so far between Japan and Korea, including through the Director-General level meetings. Based on those outcomes, the Government of Japan states the following.
The issue of “comfort women” was a matter which, with the involvement of the military authorities of the day, severely injured the honor and dignity of many women. In this regard, the Government of Japan painfully acknowledges its responsibility. Prime Minister Abe, in his capacity as Prime Minister of Japan, expresses anew sincere apologies and remorse from the bottom of his heart to all those who suffered immeasurable pain and incurable physical and psychological wounds as “comfort women.” The Government of Japan has been seriously dealing with this issue, and on the basis of such experience, will take measures with its own budget to heal the psychological wounds of all the former “comfort women.”
More specifically, the Government of the Republic of Korea will establish a foundation for the purpose of providing assistance to the former “comfort women.” The Government of Japan will contribute from its budget a lump sum funding to this foundation. The Governments of Korea and Japan will cooperate to implement programs to restore the honor and dignity and to heal the psychological wounds of all the former “comfort women.” Along with what was stated above, the Government of Japan confirms that through today’s statement, this issue will be finally and irreversibly resolved on the condition that the above-mentioned measures are faithfully implemented. Also, the Government of Japan, along with the Government of the Republic of Korea, will refrain from mutual reprobation and criticism in international forums, including at the United Nations in the future.
Regarding the above-mentioned budgetary measure, the expected amount will be around 1 billion Yen. What I have stated is the outcome of consultations held under the instruction of the leaders of both countries, and I am confident that Japan-Korea relations will thereby enter a new era.
Minister Yun:
Now, I would like to state the position of the Government of the Republic of Korea on today’s agreement. The issue of “comfort women” has been intensively discussed so far between Korea and Japan, including through the Director-General level meetings. Based on those outcomes, the Government of Korea states the following.
The Government of the Republic of Korea takes note of the statement by the Government of Japan and the measures leading up to the statement, and, along with the Government of Japan, confirms that through today’s statement, this issue will be finally and irreversibly resolved on the condition that the above-mentioned measures stated by the Government of Japan are faithfully implemented. The Government of the Republic of Korea will cooperate in the measures to be taken by the Government of Japan.
The Government of the Republic of Korea is aware of the concern of the Government of Japan over the memorial statue placed in front of the Embassy of Japan in Seoul with respect to the maintenance of the peacefulness and respectability of its mission, and will make efforts to appropriately address the concern, including through consultations with relevant groups on possible responses.
The Government of the Republic of Korea, along with the Government of Japan, will refrain from mutual reprobation and criticism in international forums, including at the United Nations in the future, on the condition that the measures stated by the Government of Japan are faithfully implemented.
This concludes the position of the Government of the Republic of Korea.
I am very pleased to announce here today that, working together, Minister Kishida and I have finally wound up the long and difficult negotiations on this issue before the end of this year, the 50th anniversary of the normalization of diplomatic ties between Korea and Japan.
I sincerely hope that the measures to follow up on today’s agreement will be faithfully implemented and thereby restore the honor and dignity and heal the psychological wounds of the victims who have had to endure so many years of agony.
It is also my sincere desire that, with the conclusion of the negotiations on the “comfort women” issue, the most challenging and difficult issue over history between Korea and Japan, we will be able to open a new chapter in the Korea-Japan relations in the new year with a new spirit of cooperation.
Nicolas Boeglin : Profesor de Derecho Internacional Público, Facultad de Derecho, Universidad de Costa Rica (UCR)